martes, 27 de febrero de 2018

Consorcio de propietarios > Responsabilidad civil del consorcio.

Se admite el recurso de apelación interpuesto por el actor y se eleva la indemnización otorgada en concepto de daño moral a la suma de 50.000 pesos, toda vez que las molestias, dificultades e inconvenientes soportados, como consecuencia de los daños causados tanto por el deterioro del inmueble como por los ruidos molestos provenientes del funcionamiento del ascensor deben ser seriamente valorados a la hora de cuantificar este detrimento; máxime si se aprecia las manifestaciones del perito al referirse respecto de los detrimentos provocados por las filtraciones de la azotea y de la humedad que ingresa a través del muro exterior perimetral del condominio, así como de la convivencia con ruidos perturbadores, motivo por el cual sugiere la colocación de revestimiento acústico en el dormitorio. Los conflictos suscitados han perturbado la tranquilidad y el ritmo normal de vida del damnificado en su propio hogar, produciendo una considerable inquietud y mortificación que resulta evidente, originados en la conducta del consorcio de propietarios demandado.
C. F., G. H. vs. Consorcio Propietarios Avenida Ricardo Balbín 2419 s. Daños y perjuicios. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil Sala D; 21-dic-2017.

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