viernes, 9 de febrero de 2018

Cosas y partes propias - Interdicto de obra nueva - Orden de demolición

Se desestima el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la resolución que, haciendo lugar a la demanda, dispuso la demolición de la obra realizada por los consorcistas accionados en la unidad funcional de su propiedad, bajo apercibimiento, en caso de no hacerlo, de disponer que se lleve a cabo por otro a su costa. Ello así, dado que, por un lado, según la prueba producida (vistas fotográficas y pericia realizada por ingeniero civil) la obra en cuestión -construcción de dos plantas sobre la unidad funcional de los demandados- no ha sido realizada con la autorización del gobierno local, ni siguiendo las reglas de la construcción por cuanto se encuentra produciendo cargas adicionales sobre los muros de las otras unidades funcionales, provocando fisuras y humedad, a lo que se agrega que hubo derrumbe de parte de una de las paredes construidas. Asimismo, por otro lado, por cuanto la supuesta autorización verbal que los demás consorcistas prestaran para la realización de la obra no ha sido acreditada; pero, aún cuando se considere que tal autorización existió, es claro que no ha sido brindada para realizar una obra sin los planos respectivos ni la correspondiente autorización gubernamental.
Consorcio de Propietarios Estados Unidos nº 4338-4340 vs. Giménez Villa, Gonzalo Matías y otro s. Interdicto.Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil Sala I; 06-feb-2018.

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